Las empresas con actividades peligrosas tendrán un responsable en riesgos laborales
Jueves, 26 de Junio de 2003
Fuente: Madrid/Geoscopio Así se contempla en la propuesta anteproyecto de Ley de reforma de la prevención de riesgos laborales que acaba de ser presentado. El anteproyecto de Ley ha sido consultado y asumido por CEOE, CEPYME, CC.OO y UGT, y tiene como objetivo prioritario combatir la siniestralidad laboral.
Representantes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y de las organizaciones empresariales y sindicales se han reunido para valorar el desarrollo del acuerdo alcanzado, el pasado día 30 de diciembre, en la Mesa de Diálogo Social en materia de prevención de riesgos laborales.
Entre los objetivos del acuerdo figuraba la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la Ley de Infracciones y Sanciones de Orden Social, con el fin de establecer la obligación legal de implantar un plan preventivo en cada empresa y obligar a aquellas que tengan actividades peligrosas a designar responsables en materia de seguridad y riesgos laborales.
El borrador modifica dos Leyes: la de Prevención de Riesgos Laborales y la de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, dando así cumplimiento a los acuerdos adoptados en la Mesa de Diálogo Social. Las propuestas acordadas en la Mesa fueron ratificadas, posteriormente, por el pleno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Las medidas más significativas son:
La prevención de riesgos laborales se integrará en el sistema general de la gestión de la empresa, a través de un plan de prevención de riesgos laborales.
Favorecer el cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención, por parte de los responsables de las mismas: empresarios, promotores de obras, entidades formativas y auditoras.
Nueva redacción sobre las infracciones para combatir el cumplimiento formal de las obligaciones preventivas y precisar así, que estas habrán de cumplirse con el alcance y contenido que establece la normativa de prevención de riesgos laborales.
Se atribuyen funciones de asesoramiento y comprobatorias de las condiciones de seguridad y salud de las empresas, a los funcionarios de las comunidades autónomas con competencias en materia de prevención de riesgos laborales, que estarán coordinados con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
El texto se basa en un equilibrio entre dos bloques de medidas:
Integrar la prevención de riesgos laborales en las empresas, facilitar una actividad preventiva programada y lograr mejores garantías de control de los riesgos laborales en situaciones de mayor peligrosidad.
Garantizar el cumplimiento de la normativa mediante actuaciones de los órganos de control público, a través de una mejor utilización de los recursos de las administraciones públicas competentes y una mejor definición de las conductas infractoras.